Extradiciones, Trafico de estupefacientes, abogado defensor

Abogado defensor penal tráfico de estupefacientes

Siempre resulta muy beneficioso contar con información útil cuando se está a la búsqueda de un abogado defensor penal para un proceso de tráfico de estupefacientes. A ese objetivo se destinan estas líneas, persiguiéndose que las personas necesitadas de ese servicio jurídico se encuentren en mejor capacidad de entender qué deben esperar de un buen abogado defensor.

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No perseguimos ofrecer aquí una descripción detallada del proceso penal que se desarrolla en torno al tráfico de estupefacientes, sino ilustrar sobre los derroteros que puede seguir la construcción de una defensa sólida por parte del abogado defensor elegido.


El abogado defensor bien instruido y experimentado no pierde de vista que toda la dinámica del enjuiciamiento criminal gira alrededor del principio básico del derecho penal: Todo acusado es inocente hasta que se demuestre lo contrario.


Cierto es que en la práctica, muchas defensas se diluyen en la intensión de probar la inocencia del acusado, cuando la actitud certera tiene que partir de la base de que la inocencia esta presunta, y los esfuerzos tienen que dirigirse hacia la desarticulación de los argumentos del acusador.


El delito de tráfico de estupefacientes es perseguido de oficio, a diferencia de otros que se persiguen a instancia de parte, es decir, aquellos en los que es imprescindible para sustentar la acusación la existencia de un denunciante o víctima. En estos últimos, la parte acusadora se compone de tres elementos, víctima-policía-fiscalía. Sin embargo, en el tráfico de estupefacientes, que no depende de un acusador individual, sin que es el Estado quien detenta la acción penal, en la parte acusadora intervienen policía-fiscalía. Entiéndase que cuando nos referimos a la policía se engloban los órganos o estructuras de instrucción penal, aquellos que tienen a su cargo la fase de investigación del hecho.  


Entendido lo anterior, concluimos que la defensa criminal en casos de tráfico de estupefacientes va a definirse en dependencia de la postura del acusador, dirigida a contrarrestar las alegaciones y medios de prueba esgrimidos por aquel.


Se concluye además, como la lógica indica, que las estrategias de defensa en los procesos penales por tráfico de estupefacientes no son nunca iguales, sino que varían en concordancia con las características particulares de cada caso. Parte fundamental de la labor del abogado defensor penal en los delitos de tráfico de estupefacientes es saber evaluar de forma casuística las circunstancias del proceso en cuestión, las cuales serán el basamento para articular una oposición eficaz a los argumentos de la parte acusadora.


Para llevar a cabo la organización de la defensa, el abogado defensor penal en casos de tráfico de drogas usará la facultad de tener  acceso a las pruebas que propone el ministerio fiscal, las cuales tiene oportunidad de valorar antes de la celebración del juicio oral, y preparar su impugnación. Así mismo, puede objetar ante el juez la pretensión de presentación de nuevas pruebas que no hayan sido informadas en el momento oportuno.  


Una de las pruebas que más peso tiene frente a un jurado es las deposiciones de los testigos, cuyo interrogatorio debe saber  dirigir hábilmente el abogado defensor a los efectos de poner de manifiesto la debilidad en la credibilidad tanto en la persona del declarante como  de su testimonio.


La prueba testifical tiene un efecto impactante, y casi siempre definitorio, cuando el testigo de la parte acusadora declara elementos a favor del acusado, o que, sin ser abiertamente a favor suyo, contiene informaciones que redundan en apoyar más la inocencia de aquel que su culpabilidad, porque se trata de testigos que han comparecido llamados por la parte contraria, sobre los cuales no pesa la posibilidad de confabulaciones ni complicidades encubiertas.

Para ser más ilustrativos al respecto, y llegar más fácil a las personas que no manejan el lenguaje técnico-jurídico, digámoslo de la siguiente manera: Cuando el abogado defensor obtiene del testigo de cargo una declaración que le es favorable, el efecto que se produce es equiparable al de un auto-gol.

 
Otro medio de prueba muy importante es el dictamen pericial. Este se elabora en formato documental, y el perito actuante es examinado posteriormente en el juicio oral. Es el momento oportuno para que la defensa sea exhaustiva en dejar en claro cualquier sombre de duda en cuanto a extremos tales como la determinación de la composición química de la sustancia y su calificación como droga, la cualificación del perito como experto capacitado para arribar a tales conclusiones, y la coherencia del informe pericial con los hecho que se han manejado durante toda la fase de instrucción.


 Hagamos un alto en cuanto a la mencionada coherencia para ilustrarla con un ejemplo: El hecho que se juzga consiste en la tenencia de sustancias identificadas como drogas sintéticas, en forma de polvo, en cantidades apropiadas para la comercialización, y el informe pericial dictamina que el polvo es básicamente una mezcla de harina blanca y azúcar fina, aunque contiene algún residuo de sustancias químicas de la farmacopea convencional, como ácido acetil salicílico, o metamizol, de tráfico lícito.

El término droga, en sentido estricto  no fue mal usado por la parte acusadora al exponer los hechos, pues se hallaron en verdad trazas de fármacos, y estos constituyen drogas, como tampoco el término sintético, puesto que se  trataba en verdad de un compuesto de síntesis o diseño artesanal, usando sustancias químicas. Sin embargo, el informe pericial  revela que la sustancia resultante no calza con el concepto de droga sintética que es susceptible de ser perseguida penalmente. Entonces, existe incoherencia entre el hecho que se juzga y el dictamen pericial.